Más de 30.000 conductores denunciados durante la última campaña de control de velocidad.


Durante los siete días que ha durado la campaña de vigilancia y control de velocidad en las carreteras españolas, puesta en marcha por la Dirección General de Tráfico entre el 13 y 19 de abril, los agentes de la Agrupación de Tráfico de la Guardia Civil han controlado la velocidad a 735.496 vehículos.

Del total de vehículos controlados, 32.186 conductores resultaron infractores, y por lo tanto denunciados por exceso de velocidad, lo que representa el 4,4% del total de vehículos controlados.

Dos de los conductores denunciados incurrieron en delito y fueron puestos a disposición judicial por exceder en más de 80 km/h la velocidad permitida en la vía, según se recoge en el Código Penal.

Debido al alto porcentaje de accidentes que se producen en las carreteras convencionales (las que disponen de un solo carril en cada sentido), se han reforzado los controles en este tipo de vía tanto con radares estáticos como dinámicos.

Vehículos
Controlados
Vehículos
Denunciados
Velocidad media de los vehículos denunciados
Autovía/ Autopista
Vel. Máxima 120 km/h)
239.688
9.347
138 km/h
Convencional
(Vel. Máxima 90-100 km/h)
439.608
19.905
114 km/h
Travesía
(Vel. Máxima 50 km/h)
56.200
2.934
71 km/h
TOTAL
735.496
32.186


Cifras por comunidades autónomas (ámbito DGT)

Comunidades
Veh. Controlados
Veh. Denunciados
Madrid
43.865
1.630
Castilla la Mancha
94.663
2.855
Extremadura
18.628
1.011
Andalucía
149.448
7.646
Valencia
52.840
3.457
Murcia
23.996
1.574
Baleares
9.913
341
Aragón
43.519
1.895
Navarra
11.167
464
La Rioja
7.267
413
Castilla y León
115.210
5.938
Asturias
26.289
988
Cantabria
12.158
442
Galicia
91.243
2.460
Canarias
35.290
1.072
 Total
735.496
32.186

A estos resultados hay que sumar todos los controles que las distintas policías autonómicas y locales han realizado en su ámbito de actuación y que representa una colaboración muy importante para unificar el mensaje de respeto de los límites de velocidad establecidos, independientemente de la vía por la que se circule.

Normativa de velocidad


La Ley de Seguridad Vial y el Reglamento General de la Circulación, fija la normativa aplicable a los límites genéricos y específicos de velocidad, velocidad en adelantamiento y distancias entre vehículos.

El incumplimiento de estas normas está tipificado como infracción grave o muy grave, sancionadas con multas de 100 a 600 euros, tal y como se recoge en la siguiente tabla:


Además, el artículo 379 del Código Penal, estipula que “el que condujere un vehículo de motor o un ciclomotor a velocidad superior en sesenta kilómetros por hora en vía urbana o en ochenta kilómetros por hora en vía interurbana a la permitida reglamentariamente, será castigado con la pena de prisión de tres a seis meses o a la de multa de seis a doce meses o trabajos en beneficio de la comunidad de treinta y uno a noventa días, y, en cualquier caso, a la de privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores por tiempo superior a uno y hasta cuatro años”.

Además, el sistema de Permiso por Puntos contempla la pérdida entre 2 y 6 puntos por este tipo de infracción dependiendo del exceso de velocidad cometido. Desde que se puso en marcha la Ley de Permiso por puntos, más de un 40% de las sanciones y más de un 48% de los puntos detraídos lo han sido por exceso de velocidad.

Fuentes: DGT
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