Renovación obligatoria del permiso de conducción para residentes comunitarios con dos o más años de residencia en España

El pasado 29 de diciembre el Ministerio del Interior emitía una nota de prensa donde se hacía constar la nueva obligación de renovar su permiso de conducción a todos los residentes comunitarios con residencia legal en España obtenida el 19 de enero de 2013 o anterior a esta fecha y que sean titulares de un permiso de conducción comunitario indefinido o con un plazo de vigencia superior a 15 años para permisos del Grupo 1 (AM, A1, A2, A, B y BE) o un plazo superior a 5 años para permisos del Grupo 2 (BTP, C1, C1E, C, CE D1, D1E, D, DE). Obviamente también deberán renovarlo todos aquellos residentes legales titulares de permisos de conducción comunitarios que tengan su permiso caducado o próximo a caducar.

Esta obligación se debe al cumplimiento de la Directiva Comunitaria 2006/126/CE y su transposición al Reglamento General de Conductores (RD 818/2009 de 8 de mayo) y su entrará en vigor a partir del próximo 19 de enero de 2015.

Para renovar el permiso de conducir los afectados deberán solicitar cita previa a través de cualquier Jefatura Provincial u oficina local de Tráfico, llamando al 060 o a través de la página web de la DGT.

Documentación aportar para la solicitud de renovación:

  • Solicitud en impreso oficial que se facilita en las Jefaturas de Tráfico y en la web de la DGT.
  • Acreditación de identidad y residencia (Documento Nacional de Identidad o NIE o pasaporte en vigor y cualquier otro medio de prueba que se solicite por la Jefatura de Tráfico, para acreditar la residencia.
  • Original y fotocopia del Permiso de conducción comunitario.
  • Informe de Aptitud psicofísica emitida por un Centro de Reconocimiento de Conductores autorizado.
  • Una fotografía reciente tamaño 32x 26mm.
  • Talón foto que se facilita en las Jefaturas de Tráfico, cumplimentado y firmado dentro del recuadro correspondiente.
  • Pago de 23,50 € en concepto de tasa.

Esta obligación se entiende como un elemento indispensable de la política común de transportes que contribuye a aumentar la seguridad de la circulación vial.

Desde el año 2013, todos los países de la Unión Europea tienen un permiso de conducción único para los 28 estados miembros, permiso que ha sustituido a los más de 110 tipos de permisos de conducción que existían hace años y que son válidos para conducir en todos los países de la Unión. 
Los permisos comunitarios son válidos para conducir en todo el territorio de la UE.

Fuente: DGT

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